Institucional

El CV Cuesta Piedra en cumplimiento de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, dispone:

Objeto social de la entidad

  1. El CLUB VOLEIBOL CUESTA PIEDRA, (en adelante el club) se constituye el 13 de enero de 1987 y por tiempo indefinido con amparo de la Ley Canaria del Deporte (Ley 8/1997, de 9 de julio) y normas de desarrollo como una asociación privada sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar que tiene por objetos básicos el fomento, desarrollo y práctica continuada de la actividad física y deportiva.
  2. El CLUB desarrollará como principal modalidad deportiva la de voleibol y se adscribirá, en su caso a la Federación Caanaria correspondiente, de acuerdo a las normas reguladoras de ésta. No obstante, EL CLUB podrá practicar otras modalidades deportivas previo acuerdo de su Asamblea General.
  3. EL CLUB establece su domicilio social  en la isla de Tenerife, en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, en la calle Doctor Fernando Barajas Prat nº 1, código postal 38005.
  4. EL CLUB tendrá como ámbito territorial de actuación el Regional, sin perjuicio de poder inscribirse y participar en actividades o competiciones supraautonómicas.

Protocolo de transparencia de la entidad

  • Este documento recoge las políticas sobre transparencia en la gestión y publicación del Club Voleibol Cuesta Piedra, y sus recursos y programas que contribuyen a la mejora de calidad de vida de las personas, tal y como se establece en nuestra visión: el C.V. Cuesta Piedra se constituye como Club el 30 de Septiembre de 1986 para dar salida a todo el grupo de jóvenes que se formaban en las Escuelas Municipales de Santa Cruz de Tenerife, a través del Patronato de Deportes en los colegios de Cuesta
    Piedra, Vista Bella, Chimisay, E. Murphy etc. que formaban parte de los distintos distritos del Municipio.
  • Publicación anual de Memoria de Actividades y Rendición de cuentas a la sociedad general.
  • Identificación de las fuentes de financiación e importes anuales que recibe la entidad.
  • Depósito de documentación Económica en el Registro Mercantil.
  • Publicación en la web de organigrama y funcionamiento, servicios que prestamos y formas de acceder a ellos, noticias y artículos de interés.
  • Y todo aquello que como entidad que recibe fondos públicos por importe inferior a 60.000 euros, debemos recoger según la Ley 12/2014 de Transparencia del Gobierno de Canarias.